A tenor de lo establecido en el art. 7 de las bases del Fondo de Reactivación sobre cuantías de la subvención, la adjudicación de las ayudas se realizará de forma proporcional según la puntuación obtenida y entre las empresas concurrentes que cumplan los requisitos, con un máximo de 3.000 € por empresa o persona por cuenta propia que deberían justificar a tenor de lo dispuesto en la base 10. Según lo dispuesto en esta Base 7 y a fin de aclarar la publicación realizada en el BOP de 18 de diciembre así como en el acta informe de la Comisión de Valoración se hace constar que los importes referidos en el cuadro de prorrateo de puntos, se recogen las cantidades que como máximo van a percibir los beneficiarios según los puntos asignados.

Aquellos interesados disponen de 10 días hábiles a partir del siguiente de la publicación en el BOP, para aportar los certificados de estar al corriente con Seguridad Social, así como para ponerse al día con administración local y AEAT.

Para envío de los certificados oportunos se pone a disposición el siguiente correo electrónico: Info@impefe.es.

En la web IMPEFE y la web del Ayuntamiento de Ciudad Real se incorpora el último acta donde se puede consultar toda la información de los expediente a través de un listado.